lunes, 24 de marzo de 2008

EL TERRORISMO Y EL "ERROR EN LO DEFINIDO"


EL TERRORISMO Y EL “ERROR EN LO DEFINIDO”

(Un breve análisis conceptual)

Fernando Pinto Cebrián



Se comprende que definir, es decir, “fijar con claridad, exactitud y precisión la significación de una palabra o la naturaleza de una cosa”, es de absoluta necesidad, en cualquier lugar y en cualquier idioma, para poder entendernos.
Sin embargo se ha de comprender también que toda definición “per se” no es un hecho inamovible, sino que puede evolucionar con el tiempo, habida cuenta de que lo definido en un momento dado, con el paso del mismo, puede ser mejor conocido que cuando se definió.
Aparece así la concepción de la existencia, dentro de algunos términos definitorios desde su aparición, de un germen de error debido al desconocimiento parcial de la cosa definida.
Así pues podemos encontrar alguna voz, definida de antiguo, ahora redefinida.
Por otra parte, teniendo en cuenta la posible existencia de definiciones manipuladas por interés en un momento dado (sea éste el de la primera definición o el de las posteriores redefiniciones), el germen del error, el “error en lo definido”, se hace presente generalmente con el acompañamiento de los calificativos a la definición, debido a la posibilidad que encierran de ampliar lo definido en la dirección de lo opinable, de lo subjetivo.
Un ejemplo al caso antes de entrar en materia:
Podemos constatar que, el termino, antiguo en el tiempo, de “espía”, fuera de las consideraciones negativas o positivas que tal voz ha tenido en su evolución, algunas contradictorias, aparecía definido en alguno de los diccionarios del XIX como “el individuo (oficialmente conocido como “confidente”) que por oficio y por lucro observa los movimientos y los sucesos de un Ejército o tropa en campaña” (oficio ennoblecido cuando era realizado por Oficiales sin ánimo de lucro).
Hoy día, sin olvidar el de “espía”, es un término, ampliado a la paz, sustituido (redefinido) por el eufemismo de “agente”, “agente secreto”, “agente de información-inteligencia” (todos, unos y otros, en el caso de ser detenidos por el “enemigo” en el ejercicio de sus “funciones”: “espionaje”, son siempre calificados de “espías” por su actividad, sin importar que sean funcionarios, contratados, comprados, etc.).

Por terrorismo, sin calificativos que condicionen su definición más pura, en su definición esencial (sin importar causas y objetivos particulares), se ha entendido, desde mucho tiempo atrás y por varias generaciones, “la sucesión de actos de violencia ejecutados para infundir terror”, “ejercer el terror para obtener determinados fines”, la “dominación por el terror”,… (terror siempre violento).
Hasta aquí coinciden todos, desde particulares con cualquier nivel de formación a organismos oficiales.
Pero, ¿qué es lo que ha cambiado? ¿Se puede decir, como admiten algunos, que ahora (precisamente ahora, tras el 11-S y atentados subsiguientes) estamos ante un “nuevo terrorismo” que precisamos redefinir?
El aumento de la capacidad destructiva de algunas de sus acciones, la ampliación al campo internacional, el crecimiento del número de objetivos,…, es considerado por algunos analistas como lo “nuevo” en relación con el terrorismo “antiguo”.
Sin embargo su “novedad” es un tanto aparente ya que tales “novedades” no son tan “nuevas” (repásese la historia del terrorismo) y, además, el hecho terrorista actual continua siguiendo al pie de la letra la definición antes apuntada.
Incluso sus motivaciones o causas (políticas, religiosas, económicas, sociales,…, o sus diferentes combinaciones), empujen o no a una guerra, siguen siendo, de un modo u otro, las mismas de siempre.
“Los mismos perros con distintos collares”.
Pero, ¿qué es lo que pasa entonces, cuando un organismo como la ONU no llega a terminar de definir de forma clara y precisa, convenciendo a todos, tal término?
Si el concepto ya estaba definido, ¿donde está el “error en lo definido” para la nueva definición o redefinición que ahora se busca?
Resulta un tanto inexplicable que hasta el momento no exista ninguna definición aceptada en el seno de la ONU a pesar de que tal organismo lleve más de treinta años aprobando resoluciones sobre el terrorismo.
Ciertamente, si nos salimos de la definición del terrorismo esencial, la multiplicidad de definiciones acuñadas por historiadores, periodistas, políticos y expertos múltiples nos abruman.
Pero todas ellas tienen un punto en común, aquel de variar aparentemente la definición esencial (dejando lo inamovible de la misma) al centrarse más, con mayor o menor detalle, en determinadas peculiaridades, propias de los calificativos añadidos (terrorismo “nacional”, “internacional”, “político”, “religioso”,…).
Así, unas definiciones se “amplían” al orientarse hacia las motivaciones (políticas, religiosas, nacionalistas,…), otras hacia las características peculiares del mismo (regional, nacional, regional o nacional con bases en otros países, internacional,…), hacia sus métodos predominantes de acción (asesinatos individuales o colectivos, indiscriminados o selectivos,…) o a su nivel de actividad (muy alto, alto, moderado, bajo,…), etc., o bien una mezcla clasificatoria de todas ellas.
Pero la existencia de tantas definiciones teóricas, generalmente producidas del lado contraterrorista, no es óbice para intentar bajarnos de tal “Torre de Babel”, sobre todo teniendo presente la absoluta necesidad de una definición única y consensuada como elemento crucial para tratar de coordinar toda la colaboración internacional en la lucha contra el terrorismo.
Sin embargo, el “error en lo definido” no está del todo ahí. Aclararnos entre tantas definiciones teóricas no sería un gran problema.
El “error” hay que buscarlo en los intereses (políticos generalmente) de algunos de los definidores, de aquellos (no precisamos nombrarlos) que, empeñados en la lucha contraterrorista actual, en múltiples ocasiones y en la historia reciente, han teorizado, practicado y empujado a otros a practicar una violencia terrorista que decían, y aún hoy lo asumen, estar justificada.
En aquellos que no quieren que nada se defina o se redefina por cuanto no quieren que, en atención a sus intereses en juego, determinadas acciones, en la base de una definición sencilla del terrorismo, puedan ser calificadas por la comunidad internacional de terroristas.
Esta indefinición pues, apoyada en un “error – consciente- en lo definido”, por muchas listas de grupos terroristas que se confeccionen, guerras contraterroristas que se anuncien,…, debilita la necesaria unidad contra el terrorismo venga de donde venga y puede llegar a condicionar en algún momento determinadas acciones preventivas y/o ejecutivas contra el mismo.
Indefinición que sólo ayuda a los terroristas en sus argumentaciones.
Así, por el lado contrario, el terrorista, también encontramos definiciones, en su mayoría “justificativas”, por contra a las definiciones “acusatorias” de aquellos que sufren su actividad terrorista.
Y para ello encajan su injustificable actividad en la “violencia revolucionaria”, en las “acciones armadas de liberación nacional”, en acciones violentas de la insurgencia armada”, en “acciones de guerra de guerrillas (rurales y/o urbanas)”, en “acciones complementarias a una guerra regular o irregular”,…
De todas formas, es claro que aquí ya no estamos en el “error EN lo definido” sino, por la deformación de la definición esencial, en el “error DE lo definido”.

Y mientras tanto, menos mal que aquellos que luchan contra el terrorismo día a día sin definición teórica o académica, fundamentados sólo en la definición que pauta la realidad, no dudan en saber lo que, en la praxis, la sociedad les demanda.